Mañana se reunirán grandes centrales obreras y sindicales, con el fin de hacer uso de su derecho a la protesta. Su principal objetivo es manifestar su inconformidad con las modalidades de contratación laboral

El pasado 3 de octubre de 2011, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT; la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC) y la Confederación General del Trabajo (CGT), realizaron una rueda de prensa donde expusieron los motivos del paro nacional estatal y sus exigencias para el Gobierno Nacional. Se expuso la problemática de la tercerización, la inestabilidad laboral en los trabajadores provisionales del Estado y la falta de garantías del Gobierno para garantizar un trabajo decente en Colombia.
Este paro se une a la gran jornada mundial por el trabajo decente, convocada por la Confederación Sindical Internacional (CSI), por ello los trabajadores del sector publico marcharán en las principales capitales del país, denunciando cómo el 70% de la población empleada no goza de un contrato estipulado bajo las leyes laborales de Colombia y los lineamientos de la OIT, es decir, no cuentan con seguridad social, auxilios económicos y mucho menos estabilidad laboral.
Todo lo anterior es a raíz de la nueva modalidad de contratación que desde hace unos años se viene ejerciendo en Colombia, denominada flexibilización laboral, la cual consiste en la fijación de un modelo regulador flexible, (reducción del costo de la mano de obra o del tiempo de jornada o de contratación), para el manejo de los derechos laborales en el interior de las empresas y organizaciones privadas. La aplicación de la flexibilidad laboral requiere de un proceso de desregulación del mercado laboral que usa de referente la libertad de contratación y el contrato individual de trabajo esperando con ello mantener el crecimiento de todo el sector privado. De esta forma el estado supone que las empresas pueden contratar más empleados sin incrementar el valor de su nómina, por lo que sus utilidades e intereses no se verán afectados y se convertirían en generadores de más empleo a un menor costo.
Pero esta nueva modalidad es promotora de igualdad en el trato a los trabajadores o por el contrario es una clara violación a derechos laborales, esto lo podremos observar desde la teoría de Rawls, que tal vez nos de otro panorama de igualdad y libertad.
En primer lugar la teoría de Rwals hace referencia a los principios de justicia que son objeto de un convenio entre personas racionales, libres e iguales en una situación contractual justa, pueden contar con una validez universal e incondicional. Él denominó su teoría de justicia como: imparcialidad, fundamentándose en la idea que solamente a partir de condiciones imparciales se pueden obtener resultados imparciales. La imparcialidad de la situación contractual a la cual él llama posición original se garantiza por un velo de ignorancia que impide a las personas del convenio observar y tener todos los conocimientos particulares, entre ellos los relacionados con su propia identidad y con la sociedad a la cual pertenecen. De este modo, se depura el acuerdo de la influencia de factores naturales y sociales que Rawls considera contingentes desde el punto de vista de la justicia, y a la vez se asegura el tratamiento equitativo de las distintas concepciones del bien. Ademas Rawls habla de unos bienes sociales primarios que se supone que todo ser racional desee, cualquiera que sea su plan racional de vida, entre los cuales encontramos derechos, libertades, oportunidades, ingresos, riqueza, y el autorespeto.
De lo anterior se derivan dos principios, primero: Principio de libertades o de distribución de igual número de esquemas de libertades para todos. Cada persona debe tener un derecho igual al esquema más extenso de libertades básicas que sea compatible con un esquema semejante de libertades para los demás, el segundo principio de diferencia donde las desigualdades económicas y sociales habrán de ser conformadas de modo tal que se espere razonablemente que sean ventajosas para todos, pero que a su vez se vinculen a empleos y cargos asequibles para todos.
Con todo lo anterior el trabajo de contratación flexible depende de donde se mire cambia la perspectiva, pues no es lo mismo el consultor que prefiere tener la libertad y flexibilidad de asesorar a diversas empresas y no vincularse con exclusividad a una porque no sería tan rentable, mientras que las personas cuya actividad laboral está dentro de la manufactura la vinculación exclusiva le da seguridad y garantías sociales que por sí misma no podría acceder. Además que con la contratación flexible se da una cobertura mayor de empleo a la población con menos oportunidades laborales en el mercado. Pero vale la pena preguntarse ¿La contratación laboral flexible si dignifica a la población más vulnerable, aunque su cobertura sea más extensa?.
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